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CONFIRMA TEEM REGISTRO DE CANDIDATO A JEFE DE TENENCIA DE SALVADOR ESCALANTE

Actualizado a Diciembre de 2021

CONFIRMA TEEM REGISTRO DE CANDIDATO A JEFE DE TENENCIA DE SALVADOR ESCALANTE

 

Morelia, Michoacán, a 24 de diciembre de 2021.- El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) confirmó el registro de un candidato a la Jefatura de Tenencia de Zirahuén, del municipio de Salvador Escalante, Michoacán.

 

En sesión pública virtual de este viernes y para cumplir con el compromiso  de garantizar justicia electoral pronta y expedita, y dar certeza a las y los michoacanos todos los días del año, las Magistradas y el Magistrado Presidente dieron sentencia en el juicio ciudadano TEEM-JDC-351/2021, promovido por un candidato a la elección de Jefe de Tenencia de Zirahuén perteneciente al municipio de Salvador Escalante, Michoacán, contra la aprobación de registro de otro candidato al cargo, donde señaló que tenía la obligación de separarse con noventa días de anticipación del cargo de Jefe de Tenencia de Zirahuén, ya que de acuerdo a las funciones de la Jefatura de Tenencia, éstas son auxiliares de la administración pública municipal.

 

Aquí, el TEEM resolvió  por unanimidad de votos confirmar el registro del candidato al decretar inoperantes los agravios hechos valer por el actor, en razón de que parte de una premisa incorrecta, al considerar que el denunciado tenía la obligación de separarse con noventa días de anticipación del cargo de Jefe de Tenencia ya que de acuerdo a los funciones de la Jefatura de Tenencia, éstas son auxiliares de la administración pública municipal y entre sus funciones se encuentra:

 

Representar al municipio en la demarcación territorial que les corresponda; coadyuvar en la ejecución de los programas, proyectos y acciones que realice el Ayuntamiento; entre otras, es decir, dependen jerárquicamente del Ayuntamiento al que pertenece la respectiva tenencia.

 

De ahí que, si bien la Jefatura de Tenencia es un cargo de elección popular, que le otorga al titular la calidad de servidor público, éste no se encuentra dentro de alguno de los supuestos en los que tenga la obligación de separarse del cargo para contender en elección consecutiva al cargo de jefe de tenencia, ya que dentro de sus funciones no tiene poder de decisión, mando, titularidad o representatividad.