Tesis relevantes
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ACUERDO DEL CONSEJO MUNICIPAL ELECTORAL QUE RESTRINGE LA COLOCACIÓN DE PROPAGANDA EN UNA DETERMINADA ÁREA GEOGRÁFICA.
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AGRAVIOS INOPERANTES. LO SON AQUELLOS QUE COMBATEN UN ACTO DIVERSO AL QUE ES MATERIA DEL MEDIO DE IMPUGNACIÓN
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CANDIDATURA COMÚN. ES IMPROCEDENTE EL REGISTRO DE UNA, CUANDO LOS PARTIDOS POLÍTICOS QUE LA PRETENDEN SE ENCUENTRAN COALIGADOS
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CANDIDATURA. RENUNCIA A LA, DEBE SER VERIFICADA POR LA AUTORIDAD ELECTORAL
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COLOCACIÓN DE PROPAGANDA EN DOMICILOS DE PARTICULARES. ESTÁ SUJETA A LA NORMATIVA ELECTORAL
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CÓMPUTO DE ELECCIÓN. EL ERROR DE UN FUNCIONARIO DE CASILLA EN EL LLENADO DEL APARTADO ESPECIAL PARA VOTOS DE CANDIDATO COMÚN...
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CÓMPUTO ELECTORAL. CUANDO EN UNA DILIGENCIA JURISDICCIONAL DE APERTURA DE PAQUETES ELECTORALES SE ENCUENTRAN ERRORES, ...
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CÓMPUTO. RESULTA VÁLIDO CONSIDERAR LOS RESULTADOS DE UNA CASILLA, AUNQUE EL PAQUETE RESPECTIVO NO LLEGUE AL CONSEJO ELECTORAL...
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CONTRALOR INTERNO DEL INSTITUTO ELECTORAL DE MICHOACÁN, LAS PROPUESTAS PARA NOMBRARLO DEBEN SER DEL CONOCIMIENTO PREVIO...
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CONVENIO DE COALICIÓN. QUIÉNES ESTÁN FACULTADOS PARA MODIFICARLO
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CREDENCIAL PARA VOTAR CON FOTOGRAFÍA COMO REQUISITO DE ELEGIBILIDAD. SU EXISTENCIA SE ACREDITA SI EL CIUDADANO APARECE ...
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DENUNCIA PENAL. ALCANCE PROBATORIO DE UNA
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ENCARGADO DEL ORDEN, ES TITULAR DE ATRIBUCIONES PROPIAS DE DE FUNCIONARIO PÚBLICO
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EQUIPAMIENTO URBANO. CONCEPTO DE
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EXISTENCIA DE DENUNCIA PENAL EN CONTRA DE UN CANDIDATO DE ELECCIÓN POPULAR.
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FINANCIAMIENTO PÚBLICO PARA ACTIVIDADES ESPECÍFICAS. NO BASTA CON ACREDITAR QUE EL PARTIDO POLÍTICO EROGÓ GASTOS POR ESE RUBRO
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INSTALACIÓN DE LA CASILLA POSTERIOR A LAS OCHO HORAS, DEBE SER DETERMINANTE PARA GENERAR LA NULIDAD DE LA VOTACIÓN
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INTERÉS JURÍDICO. LO TIENEN LOS PARTIDOS POLÍTICOS PARA IMPUGNAR ACUERDOS DEL INSTITUTO ELECTORAL DE MICHOACÁN
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IRREGULARIDADES GRAVES ACREDITADAS
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NULIDAD DE ELECCIÓN POR REBASE AL LÍMITE ESTABLECIDO PARA GASTO EN MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL. ALCANCE DEL CONCEPTO
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NULIDAD DE ELECCIÓN POR USO DE PROPAGANDA NEGRA. NO PROCEDE SI SE SUSTENTA EN INFRACCIONES COMETIDAS POR MILITANTES
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NULIDAD DE ELECCIÓN, NO CONSTITUYE CAUSA PARA LA, EL QUE EXISTA UN ERROR EN LA PUBLICACIÓN DEL ACUERDO DE REGISTRO DE CANDIDATOS
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NULIDAD DE ELECCIÓN. NO LA ACTUALIZA EL QUE LA VOTACIÓN FAVOREZCA CASI DE MANERA UNIFORME A UNA DETERMINADA FUERZA POLÍTICA
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NULIDAD DE VOTACIÓN DE UNA CASILLA POR ENTREGA EXTEMPORÁNEA DE PAQUETE ELECTORAL, ES IMPROCEDENTE SI ÉSTE NO SE ENTREGÓ
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PARTIDOS POLÍTICOS. NECESIDAD DE PRESENTAR OPORTUNAMENTE LOS PROGRAMAS DE ACTIVIDADES ESPECÍFICAS ANTE EL INSTITUTO ELECTORAL
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PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO. TÉRMINO PARA IMPUGNAR ACTOS PUBLICADOS EN EL
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PLATAFORMA ELECTORAL. SU DIFUSIÓN NO SE LIMITA A LA CAMPAÑA ELECTORAL
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PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO NO SANCIONADOR. COMO DEBE COMPUTARSE EL PLAZO PARA CONTESTAR EL EMPLAZAMIENTO AL
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PROPAGANDA ELECTORAL. EL ACUERDO QUE ORDENA SU RETIRO DE LUGARES PROHIBIDOS, NO ES PRIVATIVO DE DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES
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PROPAGANDA ELECTORAL. LA CONTRATACIÓN DE TIEMPOS Y ESPACIOS EN MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL
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PROTESTA. NO ES FACTIBLE RECONDUCIRLA AL JUICIO DE INCONFORMIDAD
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RECURSO DE APELACIÓN. DESECHAMIENTO DEL. CUANDO SE INTERPONE EN CONTRA DE UN ACTO OMISIVO DE LA AUTORIDAD ELECTORAL QUE SE EMITE
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SÍMBOLOS RELIGIOSOS. LA PARTICIPACIÓN DE UN CANDIDATO EN UN ACTO O EVENTO RELIGIOSO DE CORTE FESTIVO, TRADICIONAL Y POPULAR
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SÍMBOLOS RELIGIOSOS. LA PROHIBICIÓN DE UTILIZARLOS ES EXTENSIVA A TODO TIPO DE PROSELITISMO ELECTORAL
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SIMBOLOS RELIGIOSOS. PROPAGANDA ELECTORAL CON IMÁGENES DE EDIFICIOS DE CULTO RELIGIOSO
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TEORÍA DEL LEVANTAMIENTO DEL VELO. RESULTA IMPROCEDENTE SU APLICACIÓN CUANDO NO SE DEMUESTRA LA EXISTENCIA DE UNA INFRACCIÓN